Por qué un blog?

Este espacio, que estoy construyendo día a día y en mis pocos ratos libres :) tiene como finalidad, ofrecerles a mis alumnos un lugar en donde puedan consultar todo el material que vamos trabajando durante el año.

Aquí subiré los Apuntes que fui armando en estos años, basados en la bibliografía que recomiendo, pondré imágenes
ejemplificadoras de los contenidos, links a sitios interesantes y todo aquello que ustedes me propongan y necesiten.

Sólo tendrán que ir a "Etiquetas" y allí buscar el material que necesiten.
O sea, si buscan apuntes deberán entrar en el link con ese título y buscar dentro del mismo el apunte en cuestión; si lo que necesitan es una imagen ejemplificadora de algún tema, deberán entrar en "Galería de Imágenes", etc. etc. etc., o simplemente escribir en el buscador la palabra clave.

Si necesitan hacerme alguna consulta sobre determinado material, tendrán que picar en el "ícono del sobre" que aparece al final de la página y enviarme un mail a: lgazzineo@gmail.com , que contestaré a la mayor brevedad.

Espero que sepan aprovechar todo el material que les ofrezco y les resulte útil.



La profe

lunes, marzo 21, 2011

Derechos del Animal

Texto trabajado en clase el jueves 17 de Marzo de 2011

Los animales tienen derechos 

       Los Animales tienen derechos porque tienen vida, porque sienten el amor, el odio y sufren la violencia. Al igual que los humanos son mejores si se los trata bien y se les da afecto.No tenemos derecho a explotarlos, maltratarlos, matarlos o sacrificarlos. No tenemos derecho a usarlos, lastimarlos, exterminarlos o abandonarlos.Sea el motivo que sea. Quizá cuando comprendamos eso comprendamos otras tantas cosas que nos preguntamos a diario en la vida. Si no reparamos en las cosas simples de nuestra existencia tal vez nunca lleguemos a comprender lo valioso de la misma.

Ellos tienen la respuesta...

Ley Nacional 14.346/54[1]

Ley Nacional 14.346 -de protección a los animales- Norma Argentina vigente

Sancionada por el Congreso de la Nación el 27 de Septiembre de 1954


Art.1º - Será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.

Art.2º - Serán considerados actos de maltrato:
1. No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.
2. Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.
3. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas, sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.
4. Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.
5. Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.
6. Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

Art.3º - Serán considerados acto de crueldad :
1. Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizadas para ello.
2. Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.
3. Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada.
4. Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia.
5. Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones.
6. Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato.
7. Lastimar o arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad.
8. Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas o parodias, en que se mate, hiera u hostilice animales.

Art.4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 Resultado de Investigaciones[2]
   De la primera investigación obtuvimos información acerca de los casos de crueldad hacia los animales. Sabemos que las víctimas más comunes de maltrato son los animales de compañía o mascotas. Los perros (66%) fueron por lejos los más propensos a recibir malos tratos, seguidos por los gatos.
   En cuanto al tipo de crueldad, los maltratos directos e indirectos aparecieron con frecuencias muy similares. Estos datos podrían ser de gran utilidad al momento de desarrollar estrategias de prevención y castigo de la violencia hacia los animales. En efecto, es importante difundir esta información a fin de que los miembros de la sociedad sepan que actos son inadmisibles y que en consecuencia conozcan su derecho a denunciar estas aberraciones. Asimismo, deben tenerse en cuenta a la hora de crear leyes protectoras a fin de determinar claramente las conductas a penar y sus consecuencias 
  Los resultados obtenidos en esta primera investigación coinciden con los de otros estudios respecto de los animales víctimas de maltratos, en especial por considerar a los animales de compañía como los maltratados con mayor frecuencia y dentro de estos, a los perros como víctimas mucho más comunes que los gatos. Sin embargo, el estudio no encontró relación alguna entre el maltrato a los animales y el sexo del ofensor.
Otros estudios han caracterizado a los hombres como el sexo más propenso a cometer crueldades hacia animales. Nuestros resultados parecieron indicar la misma tendencia, pero las diferencias resultaron estadísticamente insignificativas. Esto pudo haber sido debido a la cantidad de denuncias en las que se omitió el sexo del ofensor, por lo que se aconseja no tomar nuestro resultado en forma tan precisa. Además del sexo, muchas otras características faltaron en los casos analizados, por lo cual, fue imposible caracterizar al agresor.
Se aconseja en el futuro crear formularios de denuncia que requieran más información sobre los autores de crueldades, a fin de poder terminar un “perfil” del abusador. La determinación de estas características podría ser de esencial importancia en la creación de estrategias de tratamiento y prevención del maltrato a los animales.
           
            Los resultados de la segunda investigación apoyan la hipótesis de la existencia de un vínculo entre la crueldad a los animales y otros tipos de violencia interpersonal. En este sentido, se encontró que el 53.1% de los participantes que cometieron delitos violentos contra las personas reportaron haber maltratado animales durante su infancia y adolescencia, mientras que solamente el 9.7% de los participantes no violentos reportaron haber cometido este tipo de crueldad.
Del análisis estadístico de estos datos surge que esta diferencia es significativa y que por lo tanto existe una asociación entre la comisión de crueldades a animales durante la infancia y adolescencia y la posterior comisión de delitos contra las personas. Dicho de otra manera, los individuos que cometieron crueldades a animales son más propensos a cometer delitos violentos contra las personas que los individuos que nunca han maltratado animales. Los probabilidades de los individuos que maltrataron animales de cometer delitos violentos son 10.58 veces las probabilidades que tienen los individuos que nunca han maltratado animales.
            Asimismo, se hallo una asociación significativa entre el hecho de haber sido testigo de peleas entre animales y la comisión de delitos violentos. En este sentido, se encontró que los individuos testigos de peleas de animales tienen el triple de probabilidades de cometer delitos violentos contra las personas que los que nunca presenciado este tipo de “espectáculos”, lo que podría implicar que la exposición a la crueldad hacia animales también influye en la posterior manifestación de violencia contra personas por parte del sujeto testigo.
            Es importante señalar las limitaciones de esta investigación. En primer lugar, se trata de un estudio retrospectivo, en el cual se pide información a un grupo de individuos adultos sobre experiencias ocurridas durante su infancia y adolescencia. Esto presenta problemas relacionadas con fallas de memoria y reticencia a contar o recordar memorias dolorosas como puede ser el maltrato a algún animal. Además, el ocultamiento de la verdad se facilita por la forma de la encuesta (la respuesta se completa en un cuestionario vs. entrevista personal con otra persona). Por lo tanto, es lícito suponer que la cantidad de sujetos que maltrataron animales es mayor que el reportado. Asimismo, es posible que según las experiencias y educación de cada sujeto particular, estos tengan distintos criterios para clasificar sus actos como “crueles”. Esto es lo que puede haber pasado respecto de la consideración de la omisión de alimentos y cuidados (definido como maltrato indirecto en la primera investigación) como maltrato.
Los resultados de las encuestas revelan que la omisión en la provisión de alimentos y cuidados es un tipo de crueldad que aparece con mucha menor frecuencia (4.8%) que lo hallado en la primera investigación (51,5%). Sin embargo, es posible que muchos sujetos no consideren esto como un maltrato y por lo tanto, hayan decidido no reportarlo. He aquí la diferencia en los resultados.
Al ser esta investigación retrospectiva no es posible trazar relaciones de causalidad entre las asociaciones hechas. Es imposible saber si el maltrato a los animales es el determinante de la posterior comisión de delitos violentos por parte del sujeto, o si este maltrato fue una manifestación de una personalidad agresiva que en la adultez iba a expresarse contra seres humanos, pero obviamente existe entre estas variables una relación compleja y peligrosa. En todo caso, el estudio muestra que el maltrato a los animales es un factor de riesgo en la posterior manifestación de violencia interpersonal por parte del sujeto.
            Por otra parte, los resultados de las entrevistas a los especialistas en violencia doméstica también apoyan la existencia de un vínculo entre la crueldad a los animales y la violencia interpersonal. Estos manifestaron que el maltrato a la mascota podría ser considerado como un predictor de la violencia hacia algún miembro de la familia debido a que “socializa al agresor con la violencia” y lo desinhibe de agredir físicamente a un ser vivo. Asimismo, el maltrato a los animales por parte de niños, debe ser considerado seriamente puesto que es un aviso sobre la existencia de un contexto familiar de violencia.
            Estas entrevistas cuentan con la desventaja de no ser un estudio cuantitativo del que se pueda obtener resultados estadísticos exactos. Sin embargo, se trata de una investigación cualitativa que brinda resultados preliminares sobre el tema estudiado. Estos, analizados junto a los obtenidos por las encuestas en las cárceles (estudio cuantitativo) son un fuerte indicio de que el maltrato a los animales es un problema social de grandes dimensiones.
Este estudio ha demostrado las implicancias del maltrato a los animales sobre la sociedad como tal. La existencia de un vínculo entre la crueldad a los animales y otros tipos de violencia requiere la colaboración activa entre organizaciones protectoras de animales, psicólogos, médicos, psiquiatras, veterinarios, asociaciones protectoras de víctimas de violencia familiar y el sistema judicial a fin de implementar un tratamiento eficaz.
En última instancia, el tratamiento de este problema, además de frenar la injusticia que acarrea sobre las víctimas de este maltrato, constituirá una herramienta esencial en la prevención de otros tipos de violencia en nuestra sociedad.


[1] Texto extraído de la web: www.adda.org.ar  Asociación para los Derechos del Animal

[2] http://www.fabaonline.com/violencia-maltrato.html

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